martes, 2 de octubre de 2012

EL ARCHIVO DEL CASO BAUTISTA



Algunos distinguidos juristas, entre ellos Abel Rodríguez del Orbe y Jhon Garrido, han criticado la decisión  del Procurador General de la República de desarchivar  "el caso Bautista".  Lo han descalificado jurídicamente, y hasta hay quienes  interpretan la acción del Procurador como un lance político en busca de posicionamiento para las elecciones del 2016. 


El que más profundamente tocó el tema ha sido Jhon Garrido, por lo que me refiero a su opinión, recogida en una edición de El Nuevo Diario, en la que afirma que  "el caso Bautista" se trata de un asunto juzgado y que nadie puede ser perseguido dos veces por el mismo hecho, y que al tratarse de un archivo definitivo la acción penal  en contra del  senador Felix Bautitsta se extinguió.

Disiento del apreciado y admirado Jhon Garrido, pero supongo que él ha vertido una opinión sin haber analizado la Resolución DPCA  03093 de fecha 13 de agosto del 2012, con la que el ministerio público ordenó el archivo de las denuncias por supuestos actos de corrupción presentadas en contra del ingeniero Felix Bautista, ya que se trata de un jurista estudioso  y objetivo.

No es cierto  que  "Ya se extinguió esa acción penal y por el principio de persecución única no es posible perseguirlo dos veces por el mismo hecho ", como afirma el distinguido jurista.

El articulo 281 del CPP,  a que hace referencia mi amigo Garrido, contiene taxativamente enumeradas las nueve causales que podrían inducir al ministerio público a motivar el archivo de un caso, y en las mismas se señalan cuales de esas causas extinguen la acción penal; las citamos a continuación: a) Concurre un hecho justificativo o la persona no puede ser considerada penalmente responsable; b) Es manifiesto que el hecho no constituye una infracción penal; c) La acción penal se ha extinguido; d) Las partes se han conciliado, y e) Proceda aplicar un criterio de oportunidad.

Ninguna de esas causas fueron esgrimidas por el ministerio público para archivar el caso, razón por la que no se trata de un archivo definitivo.

Hay  otras cuatro causales que no extinguen la acción penal, y son las siguientes: a)  No existen suficientes elementos para verificar la ocurrencia del hecho; b) Un obstáculo legal impida el ejercicio de la acción; c) No se ha podido individualizar al imputado, y d) Los elementos de prueba resulten insuficientes para fundamentar la acusación y no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos.

La Resolución DPCA  03093  se fundamentó en las causales 1 y 4, y en la motivación el ministerio público informa que las auditorías realizadas por la  Cámara de Cuentas aún no eran definitivas. O sea que los medios probatorios eran aún, a su juicio, insuficientes debido a la provisionalidad de los experticios que apoyaban las denuncias. Obviamente que no se descartó la ocurrencia de los hechos, y la suerte del caso dependía de los hallazgos de futuras investigaciones o de la conclusión de los experticios.

En las causales mencionadas se recurre al ARCHIVO PROVISIONAL, y el ministerio público encargado del Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa así lo hace constar en su decisión, de manera que ese archivo no es un sueño eterno, sino que está sujeto a ser traído a la vida jurídica si varían las circunstancias que en su momento  justificaron la parálisis de la investigación.

En la especie, al tratarse de un ARCHIVO PROVISIONAL, el Procurador General de la República, bajo cuya responsabilidad directa se encuentra el Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa, no tiene que hacer ningún pedimento a la Suprema Corte de Justicia, sobre todo porque la Suprema Corte de Justicia aún no ha sido apoderado de ningún caso de corrupción que involucre a Felix Bautista, y como se trató de un archivo provisional el asunto nunca ha salido de la esfera del ministerio público..

La acción penal en contra de Felix Bautista, que podría ser inocente o culpable, NO SE HA EXTINGUIDO, pues el archivo fue provisional, y como nunca ha sido juzgado por los hechos que se le imputan, el ministerio público actúa dentro de sus atribuciones cuando decide desarchivar el caso y, suponemos,  lo hace porque ya está en poder de las auditorías definitivas y se justifica  profundizar las investigaciones.

Incluso, el ministerio público puede, y sería saludable que lo hiciera, aprovechar la  Ley 120-01,  que instituye el Código de Etica del Servidor Público para " gestionar la asesoría de personas e instituciones con el fin de obtener informaciones que puedan esclarecer la conducta y el patrimonio de los funcionarios públicos" (Párrafo ünico del Art. 7). Es obvio que leyes con previsiones sensatas no faltan.

Sería saludable y conveniente que el Procurador General de la República contrate investigadores , pues el país carece de instituciones y madurez para garantizar una investigación imparcial, objetiva y transparente en materia de corrupción administrativa, sobre todo cuando los hechos son imputados a personas de la influencia del senador Bautista.

Creemos que al senador  Felix Bautista y a su familia le conviene una investigación exhaustiva del origen de sus bienes y el bondadoso crecimiento de su fortuna. El que no tiene hechas no tiene sospecha, solían decir los viejos dominicanos.

Con la asistencia de organizaciones como Transparencia Internacional y el Foro Económico Mundial, que están dispuestos a acudir al llamado del ministerio público, bien podríamos  contar con una investigación de calidad y desinteresada, y evitar que se sigan manchando conductas inmaculadas o que depredadores del erario público disfruten impunemente el producto de sus crímenes.

El Procurador General de la República tiene un reto por delante, y una magnífica oportunidad de casarse con la gloria. 

Los funcionarios públicos que han servido su cargo con honestidad no tienen nada que temer, y las cúpulas de todos los partidos políticos harían una gran contribución al adecentamiento de la actividad política si apoyan hasta las últimas consecuencias la decisión de Dominguez Brito.  

A nombre de PRO JURIS, encarecidamente, solicitamos al Procurador General de la República que solicite asesoría internacional para investigar la corrupción administrativa de todos los gobiernos que ha tenido la República en los últimos 20 años. 

HACE FALTA QUIEN LE PONGA EL CASCABEL AL GATO.

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